Lo que debes saber de practicantes y contratos de aprendizaje.

Lo que debes saber de practicantes y contratos de aprendizaje

Como empresa patrocinadora debes tener claro lo siguiente:

¿Quiénes se benefician? 

Aprendices del SENA y de instituciones de formación para el trabajo; estudiantes universitarios cuyos programas tengan una fase práctica; y estudiantes de instituciones de educación técnica y tecnológica.

Horas laborales máximas semanales: 48 horas

Obligaciones de aprendices y estudiantes universitarios: ejecutar las actividades asignadas por la empresa patrocinadora. Dichas actividades deben, idealmente, estar alineadas con su formación educativa.

Obligaciones de las empresas patrocinadoras 

– Afiliarlos al Sistema de Seguridad Social en Salud, tomando como base de cotización un (1) sueldo Mínimo Mensual Legal Vigente (SMMLV).

– Afiliarlos al Sistema de Riesgos Laborales.

  • Para los aprendices

– Durante la vigencia de la relación, el aprendiz recibirá de la empresa un apoyo de sostenimiento mensual que sea como mínimo el 75% de un SMMLV.

  • Para los estudiantes universitarios 

– El apoyo económico mensual no podrá ser inferior a un (1) SMMLV.

Importante: en ningún caso el apoyo económico será considerado como salario, excepto para efectos de la deducción tributaria que trata la Ley 115 de 1994 (Artículo 189). 

Duración del contrato

Será equivalente al término de la etapa práctica del programa de formación, que en ningún caso podrá superar los dos (2) años continuos o discontinuos. Una vez terminados estos 2 años, se prohíbe tener otro Contrato de Aprendizaje con la misma o distinta empresa.

¿Cómo se ubican los aprendices en las empresas? 

El medio oficial para la ubicación de aprendices es a través del SENA y su Sistema Virtual de Aprendices y por el Servicio de Empleo www.redempleo.gov.co

¿Y en cuanto a losestudiantes universitarios?

En este caso pueden ubicarse por medio de los servicios de bolsas de prácticas de las propias universidades. También es válido que lleguen a la compañía por los buscadores de empleo en la red o alguna recomendación, donde que se especifique el tipo de propuesta, contrato que tendrá el estudiante y esté avalado por el ente educativo.

¿Cuáles son las empresas obligadas a tener practicantes? 

  • Las empresas privadas que realicen cualquier tipo de actividad económica diferente a la construcción, que cuenten con más de quince (15) empleados.
  • Las empresas industriales y comerciales del estado y de economía mixta que cuenten con más de quince (15) empleados.

¿Cómo se calcula la cantidad de practicantes por empresa? 

  • Un (1) aprendiz por cada veinte (20) trabajadores y uno (1) adicional por fracción de diez (10) o superior.
  • Las empresas que tengan entre quince (15) y veinte (20) trabajadores tendrán un (1) aprendiz.
  • Empresas de menos de diez (10) trabajadores podrán voluntariamente tener un aprendiz de formación del SENA.

El SENA es la entidad encargada de la definición del número de aprendices.

¿Qué pasa si las empresas no cumplen?

Deberán cancelar al SENA una cuota mensual resultante de multiplicar el 5% del número total de trabajadores, excluyendo los trabajadores independientes o transitorios, por un SMMLV.

En caso de que el incumplimiento sea parcial, la monetización será proporcional al número de aprendices que dejen de hacer la práctica para cumplir la cantidad mínima obligatoria.

El 80% de la destinación de los recaudos por monetización será para el Fondo Emprender y el 20% restante brindará apoyo de sostenimiento durante la fase lectiva y práctica para aprendices SENA de estratos 1 y 2. Se pagan las pólizas de seguros y se adquieren elementos de seguridad industrial y dotación de vestuario.

*Colaboración Especial de Andrea Barbosa González, Directora de Gestión Humana Publicaciones Semana.

**Información sustraída de la Ley 789 de 2002, en los Artículos 30 – 32 – 33 y 36.  Decreto 2585 de 2003, Artículo 5º, Decreto 249 de 2005, Artículo 3º y Y el Decreto 1779 de 2009. Artículo 1.

Disponible en: http://www.capitalhumano.com.co/Gesti%C3%B3n%20del%20talento/lo-que-debes-que-saber-de-practicantes-y-contratos-de-aprendizaje-6260

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