Nuevas reglas en el recaudo de aportes al Sistema de Seguridad Social Integral y Parafiscales.

Debido al desorden existente en la liquidación de aportes al Sistema de Seguridad de Seguridad Social y Parafiscales, es decir, los pagos de cotizaciones y aportes a los sistemas de pensiones, salud, riesgos laborales, al SENA, ICBF y a las Cajas de Compensación Familiar, el Gobierno Nacional emitió la Resolución 2388 de 2016, la cual unifica y actualiza las reglas para el pago de estos aportes a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes PILA.

Esta planilla es el mecanismo que usado actualmente para la autoliquidación de estos aportes de manera unificada al Sistema de Seguridad Social Integral y Parafiscales. Una de las dificultades que se quiere intentar corregir y por la que se ha generado inconsistencias al momento de la liquidación, es que la información esté sujeta a las interpretaciones tanto de los aportantes, como de los operadores de esta información y las administradoras del sistema.

En otras palabras se unifican “las especificaciones y estructuras de los archivos a reportar por Aportantes, Pagadores de Pensiones y Operadores de Información.” A través de una serie de anexos técnicos que establece la Resolución en cuestión.

Básicamente los anexos técnicos contemplan la información que deben reportar los cotizantes activos y los pensionados al Sistema de Seguridad Social Integral y Parafiscales; la información de recaudo de los aportes al Sistema General de Seguridad Social en Salud que es reportada al Administrador Fiduciario de los recursos del Fosyga y los archivos del Sistema de Seguridad Social Integral y Parafiscales que los operadores de información deben reportar diariamente al Ministerio de Salud y Protección Social.

En esto deben participar todas las entidades que participen en el flujo y consolidación de la información al Sistema de Seguridad de Seguridad Social y Parafiscales. Los operadores de información tendrán de un plazo de seis meses para la implementación de los anexos técnicos antes nombrados, además de que esta Resolución deroga las disposiciones anteriores.

Se espera que con la unificación de los criterios para la liquidación de estos aportes desaparezcan o disminuyan las inconsistencias que se pueden presentar entre las informaciones que presentan los aportantes, los operadores de la información y las administradoras del sistema.

 

Disponible en: http://www.activolegal.com/web/index.php/noticias/actualidad/1910-sistema-de-seguridad-social-parafiscales-pila-minsalud-derecho-laboral

Deja un comentario